El Código Penal aprobado y su reciente reforma no tipifican como delito la creación o publicación de memes, caricaturas, parodias, sátiras, videos o imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social. Así lo aclaró la Procuraduría General de la República mediante un documento difundido por la procuradora general, Yeni Berenice Reynoso, con el objetivo de despejar dudas surgidas tras la aprobación de la nueva legislación.
La aclaración fue publicada luego de que diversos sectores expresaran preocupación por el alcance de algunos artículos del nuevo Código Penal, especialmente aquellos relacionados con la manipulación de contenidos audiovisuales y su posible impacto sobre la libertad de expresión. La Procuraduría explicó que algunas interpretaciones difundidas en la opinión pública no se corresponden con el contenido de la ley.
Código Penal protege la crítica social y las expresiones artísticas
En el documento oficial, la Procuraduría recuerda que la Constitución dominicana establece, en su artículo 169, que el Ministerio Público es el órgano responsable de formular e implementar la política de persecución penal, dirigir la investigación criminal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.
Sobre esa base, la institución enfatiza que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira o cualquier contenido humorístico o artístico no constituye un delito, siempre que se trate de una obra claramente identificable como creación o ficción y que no tenga como propósito engañar al público con fines ilícitos ni vulnerar derechos especialmente protegidos, como los de niños, niñas y adolescentes.
Asimismo, la Procuraduría recordó que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.
Procuraduría rechaza interpretaciones extensivas
Otro de los aspectos destacados por la procuradora Yeni Berenice Reynoso es que el derecho penal únicamente sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas previstas expresamente por la legislación.
En ese sentido, advirtió que resulta incorrecto realizar interpretaciones extensivas o aplicar la analogía para perjudicar a una persona, ya que ese tipo de interpretación está prohibido por el ordenamiento jurídico, salvo cuando beneficie al imputado.
La magistrada también explicó que la alteración de videos o audios con el propósito ilícito de causar daño a otra persona puede generar consecuencias penales, pero aclaró que esa conducta no debe confundirse con la elaboración de memes, caricaturas o parodias como manifestaciones de la libertad de expresión y de la creación artística, derechos protegidos por la Constitución.
Debate surgió tras la aprobación de la reforma
La publicación de estas precisiones se produce en medio del debate generado por la aprobación del nuevo Código Penal y las inquietudes expresadas por juristas, comunicadores, organizaciones de la sociedad civil y usuarios de redes sociales.
Algunos sectores interpretaron que determinadas disposiciones podrían afectar el ejercicio del periodismo, la crítica social y la creación de contenido humorístico en plataformas digitales. Ante ese escenario, la Procuraduría decidió fijar su posición para evitar interpretaciones erróneas sobre el alcance de la legislación.
Diversos medios nacionales reprodujeron el comunicado y coincidieron en que el objetivo de la institución es precisar que la reforma no criminaliza las expresiones humorísticas o satíricas cuando estas constituyen obras de creación y no persiguen fines ilícitos.
Libertad de expresión y seguridad jurídica
La aclaración de la Procuraduría busca reforzar el principio de seguridad jurídica y ofrecer mayor certeza sobre la aplicación del nuevo Código Penal.
Con este pronunciamiento, el Ministerio Público sostiene que la legislación mantiene la protección constitucional de la libertad de expresión y de la creación artística, al tiempo que delimita las conductas que pueden ser objeto de sanción penal cuando existe una finalidad ilícita claramente establecida por la ley.